| Todos conocemos y somos conscientes de la problemática española frente a la planificación familiar y la sexualidad que existió hasta mediados de la década de los 70, así como del aborto, sus secuelas sociales, médicas y psicológicas, incluido la realización de estos en países extranjeros o incluso en el nuestro, de forma clandestina, con la conocida morbimortalidad materna consiguiente...más |
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Toda mujer debería acudir a una revisión ginecológica por lo menos una vez cada 1 o 2 años, máxime si tiene o ha tenido relaciones sexuales o igual a partir de los 25 años... más
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El Día 28 de Mayo es el DIA INTERNACIONAL de acción por la Salud de la mujer.
Esto significa que se debe celebrar y exigir como Derecho Humano y Fundamental. En especial los derechos sobre la libertad sexual y reproductiva de la mujer, libertad de decidir sobre su propio cuerpo. Estos derechos deben ser fomentados y respaldados por los propios gobiernos, y sus políticas iniciarse desde las bases sanitarias de la Atención Primaria y prioritaria, sin influencias, culturales, religiosas, creencias o costumbres etc., eso sí, respetando a posteriori, la decisión personal de cada individuo.
En 1994, (CIPD), Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo quedó claro la relación SALUD Y DERECHOS REPRODUCTIVOS. Debiéndose promover Programas Nacionales y Regionales que defiendan esos derechos sobre este aspecto fundamental en la salud de la mujer, y con enormes connotaciones sobre la economía, sociedad, la familia etc., de cualquier país. Debemos tener en cuenta que la Morbi-Mortalidad Materna es Indicador del Desarrollo de un país.
La sexualidad es una faceta del individuo y su disfrute es un derecho natural y humano y no debe estar siempre ligado u obligado a la reproducción, esto sería algo irracional y tampoco representaría a una sociedad que se precie de no sexista, no machista, teniendo en cuenta que la maternidad debe ser voluntaria y sin riesgos.
El derecho de la mujer es elegir y decidir libremente sobre su capacidad de reproducción.
En países desarrollados se establecen los derechos de las personas a la Planificación Familiar, como respeto básico de la libre decisión sobre el número de hijos y espaciamientos de los mismos. Algunos países en desarrollo, (Perú, Bolivia, Brasil, etc.), recogen en sus legislaciones algo de estos Derechos Humanos Fundamentales.
Estos programas deben dirigirse a:
• Proveer atención Pre y Post natal
• Disminuir el número de gestaciones NO deseadas (Planificación Familiar), especial atención a los /as adolescentes
• Disminuir el número de abortos, y en caso de existir esa demanda, garantizar su atención legal y sanitaria.
• Detectar en forma precoz el cáncer de mama y de cuello uterino
• La Planificación Familiar fue iniciada en Estados Unidos en 1916, en Europa en Inglaterra en 1921, y en este país, con el apoyo de los médicos, el gobierno y la Iglesia Anglicana, incluso esta Iglesia dijo en 1958: que reconoce que el control de la natalidad es un Derecho y factor importante en la vida de la Familia Cristiana.
• La educación sexual en los colegios la comenzó Suecia en 1920.
En Latinoamérica, todo esto esta muy lejos de la realidad, aunque sus leyes y políticas en algunos, refieren que son ELLOS los que deben desarrollar un rol importante en la prestación de los servicios de Planificación Familiar, con Información y Provisión de los mismos. En Argentina en 1974, el gobierno Justicialista con Lopez Rega, derogó por Decreto 679/74 la venta de anticonceptivos y las políticas sanitarias de control de la natalidad cerrando centros de planificación familiar.
Recién en 1986 se pudo eliminar este decreto debido a la prescencia de Argentina en la convención de la ONU de 1985 sobre la Eliminación de Políticas Discriminatorias a la Mujer y sus Derechos.
Recientemente la Sanidad Pública realiza una apertura estableciendo que se deben realizar tareas de difusión sobre el derecho a decidir el número de hijos, PERO, esa disposición o normativa NO INCLUYE, la prestación de servicios de Planificación Familiar, ni tampoco la provisión de anticonceptivos por la Sanidad Estatal. Además es un país donde esta penado judicialmente los métodos de planificación familiar como el bloqueo de trompas en la mujer y la vasectomía en el hombre. Recién en el año 2001, se logró que en una provincia (Río Negro), se suspendiera esa ley y se lleven a cabo en Hospitales Públicos vasectomías y bloqueos de trompas voluntarias, no con el beneplácito de grupos conservadores, minorías y/o profesionales que la practican privadamente. CONTINUA
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