| Todos conocemos y somos conscientes de la problemática española frente a la planificación familiar y la sexualidad que existió hasta mediados de la década de los 70, así como del aborto, sus secuelas sociales, médicas y psicológicas, incluido la realización de estos en países extranjeros o incluso en el nuestro, de forma clandestina, con la conocida morbimortalidad materna consiguiente...más |
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Toda mujer debería acudir a una revisión ginecológica por lo menos una vez cada 1 o 2 años, máxime si tiene o ha tenido relaciones sexuales o igual a partir de los 25 años... más
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LEY EN ARGENTINA
Se considera delito contra las personas.
Es permitido cuando existe riesgo para la vida o SALUD de la mujer y cuando hubo violación de “una mujer idiota o demente”.
Es la primera causa de muerte en la mujer en Argentina, la ley obliga a que nazcan niños inviables y/o malformados
(se calculan más de 500.000 abortos al año).
País que carece de programas de educación sexual. En octubre del año 2006 se aprueba en la legislatura de la cuidad de Buenos Aires la Ley de Educación Sexual Integral para esta ciudad solamente y de aplicación en el año 2007 en colegios públicos y privados desde preescolar hasta el secundario.
En agosto de 2006 se reconoció el derecho a efectuarse la vasectomía y el bloqueo de las trompas gratis y en los hospitales.
» Ver artículo EDUCACION SEXUAL VERSUS MUERTE MATERNA
LEY EN BOLIVIA
Se Considera un delito contra la vida y la integridad corporal.
Es permitido cuando la vida o SALUD de la mujer están en peligro, en casos de violación, incesto, estupro, o “rapto no seguido de matrimonio”
(se calculan unos 30.000 abortos al año).
LEY EN URUGUAY
Desde 1934 hasta 1938 el aborto voluntario estuvo despenalizado.
Actualmente se ha presentado el proyecto donde no está penado cuando se realiza con el consentimiento de la mujer para salvar el honor, en casos de violación, por causas graves de SALUD o por angustia económica (se calculan unos 30.000 al año).
Desde el 17 de diciembre de 2001 existe afortunadamente En el Hospital Pereyra Roussel de Montevideo Servicio tocoginecología, y gracias a un equipo de ginecólogos jóvenes, y con verdadero sentido común el programa: "INICIATIVAS SANITARIAS CONTRA EL ABORTO PROVOCADO EN SITUACIONES DE RIESGO", (Revista Archivos de Ginecologia-SGU-volumen 42 de Agosto 2004.
Consiste en la información y asesoramiento a la mujer con un embarazo NO deseado en la forma de poder interrumpirlo por métodos farmacológicos y acudir después a su control para además recibir información y aplicación si lo desea de los métodos anticonceptivos. Con este programa se ha conseguido evitar la muerte materna por abortos clandestinos y de alto riesgo, además de disminuir el número de embarazos NO deseados.
Parece ser que la sociedad apoya con un 63 % la despenalización del aborto por embarazo NO deseado hasta las 12 semanas, pero el presidente T. Vazquez se pronunció que si la Legislatura lo aprueba, él lo vetará y si fuera necesario disolvería las cámaras???.
LEY EN BRASIL
Es considerado un delito contra la vida. Unicamente no se castiga cuando es necesario para salvar la vida de la gestante o cuando el embarazo es resultado de una violación.
Actualmente existen hospitales en el país que prestan servicios ante la solicitud de un Embarazo NO deseadoa para los casos previstos por ley.
Existirían unas 236.000 mujeres que ingresan a los hospitales por complicaciones del aborto clandestino y alrededor de unas 1.600 que mueren al año por estas complicaicones.
El 27 de Septiembre del 2005 parece ser que el Gobierno presentó un anteproyecto de legalización del aborto por embarazo NO deseado ante la Cámara Federal.
LEY EN CHILE
El aborto está tipificado como un delito contra el ORDEN de la familia y contra la moralidad pública. El aborto se permitió hasta el golpe de estado de Pinochet, para salvar la vida de la mujer. Desde ese año esta prohibido sin ninguna excepción. En este país faltan programas de educación sexual y existe una fuerte oposición por parte de la iglesia-gobierno a la anticoncepción de urgencia (píldora del día despues)
(se calculan unos 160.000 abortos al año).
ampliar Salud Sexual y Reproductiva
LEY EN CUBA
La interrupción del embarazo es legal a pedido de la mujer hasta las 10 semanas de gestación. El aborto en el Código Penal es ilega cuando se realiza sin consentimiento de la mujer, fuera de los servicios hospitalarios o cuando no lo realiza un médico o se realiza por lucro
(se calculan unos 90.000 abortos al año).
LEY EN MEJICO
Tipificado Como delito en los Códigos Penales de todos los estados del país.
Es permitido cuando existe violación, para salvar la vida de la mujer, malformación fetal, riesgo para la SALUD de la mujer, se calculan unos 400.000 abortos clandestinos al año.
(Año 2000), se considera que el 40 % de los embarazos son NO deseados y el 23 % de los nacimientos son NO deseados, además un alto porcentaje de los abortos son de elevado riesgo materno.
LEY EN NICARAGUA
El aborto es un delito tipificado en el Código Penal.
Se permite únicamente el aborto terapéutico, el cual “ será determinado científicamente por tres facultativos y el consentimiento del cónyuge o pariente más cercano a la mujer”, cuando esta en riesgo su SALUD o hay malformación fetal
(se calculan unos 35.000 abortos al año).
LEY EN COLOMBIA
Tipificado en el Código Penal como delito contra la vida y la integridad personal. No permitido en ningún caso, SE ATENUAN LAS PENAS si el aborto es por “ embarazo resultado de acceso carnal violento, abusivo o inseminación artificial no consentida”...
ampliar
LEY EN ECUADOR
El aborto es un delito en el Código Penal. Se permite cuando la vida o la SALUD de la gestante están en peligro y cuando el embarazo es producto de una violación a una mujer IDIOTA o demente...
ampliar
LEY EN PERU
El aborto es considerado un delito contra la vida, EL CUERPO y la SALUD.
Se permite cuando es necesario par salvar la vida de la mujer o evitarle un mal grave y permanente.
ampliar
LEY EN EL SALVADOR
Desde 1998 el Código Penal considera el aborto como un delito relativo a la vida del ser humano en formación. Además eliminó todas las causas de no punibilidad e incrementó las penas
(se calculan unos 4.000 abortos al año).
LEY EN VENEZUELA
El aborto en el Código Penal es siempre un delito, excepto para salvar la vida de la mujer. Cuando el aborto es para salvar el honor de la mujer se ATENUAN las penas tanto par la mujer como para el hombre.
LEY EN PUERTO RICO
Desde 1973, por decisión del Tribunal Supremo de EEUU y del de Puerto Rico “ una mujer en consulta con su médico puede poner fin a su preñez sin intervención del Estado
(se calculan unos 18.000 abortos al año).
LEY EN REPUBLICA DOMINICANA
La legislación dice: Todo tipo de aborto, incluido el terapéutico constituye un infracción penal.
(se calculan unos 80.000 abortos al año).
DATOS IMPORTANTES:
Según la O.M.S la SALUD se la define como “ el bienestar físico,
psíquico y Social.
Los datos sobre Nº de Abortos de cada país, son por trabajos realizados en base a las urgencias hospitalarias por complicaciones de abortos.
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